02-10# De la Regla de Nuestro Padre San Benito. Capítulo 8: De los divinos oficios nocturnos
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En tiempo de invierno, esto es, desde mediado octubre hasta la Pascua Florida, se han de levantar a la octava hora de la noche, según esta mengua o crece, para que reposen durante algo más de la mitad de la noche y despierten satisfechos de sueño y hecha ya la digestión. Los que necesitaren estudiar algo del salterio emplearán en él o en otros libros el tiempo que sobrare después de los Nocturnos. Desde Pascua hasta mediado octubre, de tal suerte se ha de regular la hora que, dando tiempo para que los monjes salgan a hacer sus necesidades, se canten Laúdes, los cuales han de comenzar a los primeros albores. 
