03-01# De la Regla de Nuestro Padre San Benito. Capítulo 24: Cuál debe ser el modo de castigar
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Según la gravedad de la culpa debe extenderse el castigo y penitencia, cuya proporción ha de pender de la prudencia del abad. Si alguno se hallare culpado en cosas leves, sea excluido de la mesa común, y mientras está privado, no cante antífona ni salmo ni diga lección en público hasta que haya satisfecho. Tome a solas su alimento después de que la comunidad haya comido de suerte que si el convente comiere por ejemplo a las doce, coma él a las tres de la tarde; si los monjes comieren a las tres, coma él al ponerse el sol; hasta que por satisfacción competente consiga que se le perdone.
