03-23# Del capítulo 43 de la Regla de Nuestro Padre San Benito: De los que llegan tarde al oficio divino o al refectorio.
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El que no acudiere a refectorio antes de la bendición para que todos juntos digan el verso, oren y se sienten conventualmente a la mesa; si hiciere falta por su vicio o flojedad, sea reprendido hasta dos veces. Si no se enmendare, no se le permita participar de la mesa común, y segregado del consorcio de los demás, coma solo, quitándole su porción de vino hasta que no haya satisfecho y esté enmendado. Dese otra tal penitencia al que no estuviere presente al verso que se dice después de la comida. Nadie sea osado a tomar comida ni bebida antes ni después de las horas determinadas. Si alguno rehusare recibir lo que el superior le diere, no se le dé ni lo que antes rehusó ni otra cosa cuando la pida, hasta que haga competente penitencia.
