04-11# De la Regla de Nuestro Padre San Benito. Capítulo 58: De la instrucción de recibir novicios
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No se dé entrada ligeramente al adulto que de nuevo viene a convertirse, sino como dice el Apóstol: «Probad si los espíritus son traídos de Dios». Si el pretendiente persevera llamando y después de cuatro o cinco días se observa que lleva en paciencia los despegos y dificultades de su admisión y que persiste en su súplica, ábranle la puerta y sirva algunos días en la hospedería, pónganle después en el noviciado, donde coma, medite y duerma. Depútenle un veterano tal que sea capaz de ganar almas, y vele sobre él con toda curiosidad, observando con solicitud si busca a Dios de veras, si es puntual para las horas canónicas, obediencia e injurias. Intímenle todas las penalidades y asperezas del camino que guía a Dios. Y si promete su perseverancia, léanle de principio a fin después de dos meses esta Regla, diciéndole: «Ésta es la ley en que deseáis militar: si os juzgáis capaz de observarla, proseguid; si no os juzgáis capaz, os podéis volver». Si está firme en su propósito, lo volverán al mismo noviciado, y lo ejercitarán de nuevo en toda paciencia; y después de seis meses, se le leerá la Regla por segunda vez, para que sepa a qué entra en la religión. Si persevera su constancia, le leerán después de otros cuatro meses la misma Regla. Y si por última resolución prometiere observar todo lo en ella contenido, y hacer cuanto le sea mandado, será incorporado en el convento; advirtiéndole que es estatuto regular que desde aquel día no podrá salir del monasterio ni sacar el cuello del yugo de la Religión, que después de deliberación tan morosa pudo dejar o admitir.
