04-12# Del Capítulo 58 de la Regla de Nuestro Padre San Benito: De la instrucción de recibir novicios
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El que ha de ser recibido haga públicamente en la iglesia, delante de Dios y de sus santos, voto solemne de estabilidad, mudanza de vida y obediencia; para que si alguna vez faltare a lo que profesa, sepa que le ha de castigar Dios, a quien burla. Haga una petición de este voto al nombre de los Santos que hubiere allí y del Abad, que estará presente. Escriba de su mano esta petición, y si no supiere escribir, ruegue a otro que la escriba por él; pero haga en ella una cruz el novicio, y póngala sobre el altar por su mano. En poniéndola, cante el novicio este verso: «Suscipe me, Domine, secundum eloquium tuum, et vivam, et non confundas me ab expectatione mea», el cual repetirá tres veces alternando toda la comunidad, y añadiendo «Gloria Patri» al fin. Postraráse entonces el novicio pidiendo a todos que lo encomienden a Dios, y ya desde aquel día será reputado por uno de la comunidad. Si tuviere bienes, o que los distrubuya a los pobres antes de profesar, o que los ceda al monasterio por solemne donación, sin reservar cosa para sí; teniendo entendido que desde aquel punto no podrá disponer ni de su propio cuerpo. Quitaránle luego en la iglesia las ropas de que estuviere vestido y le vestirán las del monasterio. Pero las ropas seculares que él dejare se han de guardar en la ropería; para que, si alguna vez por sugestión del demonio consintiere -lo que Dios no permita- en irse del monasterio, sea expulsado de él despojándole del hábito. Mas no se le dará la escritura que de sobre el altar tomó el prelado, que ésa se ha de reservar en el convento.
