04-18# De la Regla de Nuestro Padre San Benito. Capítulo 63: Del orden de la Comunidad
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Todos observen en el monasterio sus lugares, según los discierne la antigüedad de su ingreso, según su mérito y asignación del Abad. No alborote este las ovejas de su cargo ni ordene injustamente cosa como de poder absoluto; mas piense siempre que de todos sus juzgados y operaciones ha de dar cuenta al Juez Supremo. Según, pues, la antelación que él les diere y la que los monjes tuvieren entre sí, irán a la paz y comunión a entonar el salmo y estarán en el coro. En ninguna parte la edad discierna ni perjudique a la precedencia; pues Samuel y Daniel, siendo mozos, sentenciaron a los ancianos. Exceptos pues los que -como hemos dicho- prefieriere el Abad con maduro consejo o degradare por justo motivo; todos los demás estarán según la antigüedad de su conversión. De modo que el que llegó -por ejemplo- a las dos horas del día sepa que es más moderno en el monasterio que el que vino a la una, de cualquier edad o calidad que sea. Cuiden todos de que los niños observen buena crianza.
